Los supervisores forman parte de la primera categoría de empleados de casas particulares y reciben en noviembre una actualización salarial, producto del más reciente acuerdo paritario que incluye una suba del 6% en los haberes, y corresponde a los meses de septiembre y octubre.
Tal como se desprende del acuerdo celebrado entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), el incremento se divide de la siguiente manera:
Las actualizaciones impactan en el salario de los supervisores, que es la categoría más elevada dentro del sector y corresponde a quienes tienen dos o más personas a su cargo y están al frente de la coordinación y el control de las tareas realizadas en una casa particular.
Esta es la grilla publicada en el sitio oficial de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp).
Las personas que realizan tareas de supervisión en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada se toman los siguientes valores mínimos, que son los pactados en el último acuerdo y corresponden a octubre:
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
En noviembre, quienes trabajan con un esquema mensual cobran los siguientes montos, por lo trabajado en octubre:
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.
Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:
La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.
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